Guía · Barcelona
Placas solares en Barcelona: bonificaciones IBI y ICIO
En resumen
En Barcelona, las placas solares tienen bonificaciones fiscales: el 50 % de la cuota del IBI durante un máximo de tres periodos impositivos (30 % si el uso catastral es industrial) y el 95 % de la cuota del ICIO. La del ICIO se pide antes de empezar las obras. La del IBI, en un máximo de 12 meses desde la solicitud de legalización.12345
Bonificación del IBI: porcentaje, años y condiciones
El texto de la ordenanza del IBI que hemos leído es el publicado en el BOPB de diciembre. No hemos comprobado si una modificación posterior cambia esta bonificación: un anuncio municipal sobre las ordenanzas siguientes habla de racionalizarla y mejorarla, pero no hemos encontrado confirmación de que se haya aprobado. Antes de decidir, confirma el texto vigente en la web de Hisenda.
Según esa ordenanza, la bonificación es del 50 % de la cuota íntegra para inmuebles de uso catastral residencial o terciario con sistemas solares térmicos o eléctricos, y del 30 % si el uso catastral es industrial. Dura un máximo de tres periodos impositivos, contados desde la fecha de solicitud de legalización en el RAC o el RIPRE.1
Para aplicarla se exige todo esto a la vez:1
- que la instalación solar no sea obligatoria por normativa;
- que la solicitud esté registrada en el RAC o el RIPRE;
- que el Ajuntament haya aceptado el comunicado de obras con la autoliquidación del ICIO pagada;
- que se justifique la participación económica, si la instalación es comunitaria;
- que no disfrutes de bonificación del IAE por la misma instalación.
Hay también un tope. El importe acumulado de la bonificación en los tres años no puede superar el coste de la instalación (o tu participación económica, si es colectiva). En uso terciario o industrial, el máximo es el menor entre el tope fijo de la ordenanza y el coste.1
En autoconsumo compartido, cada unidad o vivienda con la que se comparte la energía es la que se beneficia de la bonificación del IBI.3
Bonificación del ICIO: 95 % de la cuota
Las obras con sistemas solares térmicos o eléctricos tienen una bonificación del 95 % de la cuota del ICIO. Se aplica siempre que no se hagan en inmuebles donde la instalación sea obligatoria por prescripción legal y que el Ajuntament haya aceptado el comunicado de obras con la autoliquidación pagada.2 El texto leído es el publicado en el BOPB de febrero.
La solicita la persona interesada antes de empezar las obras. Se presenta con la autoliquidación del ICIO y con una memoria o proyecto técnico con presupuesto desglosado. Cubre solo la parte de la cuota que corresponde a la instalación solar, no al resto de la obra.2
Ambas ordenanzas excluyen las instalaciones obligatorias por normativa.12 No hemos encontrado en las fuentes leídas qué instalaciones lo son, así que no podemos decirte si la tuya está en ese caso. Pregúntalo al Ajuntament o a quien proyecte la instalación.
¿Quién puede hacer la instalación?
Las instalaciones eléctricas deben ser realizadas únicamente por empresas instaladoras.4 Son empresas instaladoras en baja tensión las personas físicas o jurídicas que han presentado la declaración responsable de inicio de actividad.4 Puedes comprobar si una empresa está inscrita con la búsqueda pública de datos abiertos del RASIC.5
Esto enlaza con la bonificación: para el IBI hace falta presentar la factura de la instaladora desglosada.1
¿Cómo y cuándo se piden?
El orden, según las ordenanzas leídas, es este:
- Antes de empezar las obras, solicita la bonificación del ICIO con la autoliquidación y la memoria o proyecto técnico con presupuesto desglosado.2
- Solicita la legalización de la instalación en el RAC o el RIPRE. Desde esa fecha corre el plazo del IBI.1
- Pide la bonificación del IBI en un máximo de 12 meses desde esa solicitud de legalización.1
El plazo del IBI cambia el número de años bonificados: si lo pides dentro de los 6 primeros meses, se bonifican 3 ejercicios; entre los 6 y los 12 meses, solo 2. Pasados 12 meses, la solicitud es extemporánea y se pierde el derecho.1 La página municipal de ayudas que hemos leído no recoge este detalle del plazo.
Con la solicitud del IBI hay que llevar la instancia, la autoliquidación del ICIO pagada, la factura de la instaladora desglosada y el acuerdo sobre participación económica. En fotovoltaica, además, el certificado de dirección y finalización de obra y el acuse de la solicitud de autorización de explotación o del registro RAC.1
Si tienes dudas, los Puntos de asesoramiento energético y el Servei d'Informació a l'Autoconsum ([email protected]) las resuelven.3
¿Cuánto se ahorra?
Depende de la cuota del IBI y de la cuota del ICIO de cada inmueble. No tenemos esos datos, por lo que no damos cifras en euros. Con lo leído solo puedes calcular el ahorro aplicando los porcentajes a tus propios recibos, con los topes y los plazos de arriba.
¿Hay subvenciones u otras ayudas?
La página municipal presenta como incentivos económicos solo las bonificaciones del IBI y del ICIO para edificios residenciales con generación fotovoltaica de autoconsumo voluntaria.3 No hemos encontrado en ella ninguna subvención directa con importe, presupuesto o plazos.
No hemos consultado otras convocatorias de ayudas al autoconsumo ni la deducción del IRPF que aparece en algunos comparadores, porque no la hemos podido verificar en una fuente oficial. Por eso esta guía no afirma que existan o no.
Preguntas frecuentes
¿Hay una subvención directa por poner placas solares en Barcelona?
La página municipal que hemos leído presenta como incentivos económicos solo las bonificaciones del IBI y del ICIO. No hemos encontrado en ella importes, presupuesto ni plazos de una subvención directa, y no hemos consultado otras convocatorias, así que esta guía no afirma que exista o no una vigente.
¿Cuánto dinero me ahorro con la bonificación?
Depende de la cuota del IBI y de la cuota del ICIO de tu inmueble, y no tenemos esos datos. Por eso la guía da porcentajes, topes y plazos, pero no importes en euros.
- Autoría
- Mejores Barcelona, texto generado y verificado automáticamente
- Actualizado
Fuentes
- Ordenança fiscal núm. 1.1, impost sobre béns immobles (text publicat al BOPB el 23-12-2024, CVE 202410197054)https://ajuntament.barcelona.cat/hisenda/sites/default/files/normativa/2023-03/1.1-ordenanza-ibi.pdfConsultado: 13 de octubre de 2026
- Ordenança fiscal núm. 2.1, impost sobre construccions, instal·lacions i obres (text publicat al BOPB el 2-2-2026, CVE 202610021075)https://ajuntament.barcelona.cat/hisenda/sites/default/files/normativa/2026-02/2.1-ordenanca-icio.pdfConsultado: 13 de octubre de 2026
- Ajuts per a la instal·lació de sistemes d'energia solar a Barcelona (EdEc, sense data de publicació visible)https://ajuntament.barcelona.cat/educacioeconomica/ca/ajuts-per-a-la-installacio-de-sistemes-denergia-solar-a-barcelona/Consultado: 13 de octubre de 2026
- Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (REBT), texto consolidado (BOE-A-2002-18099)https://www.boe.es/eli/es/rd/2002/08/02/842/conConsultado: 12 de octubre de 2026
- Preguntes freqüents sobre baixa tensió, Canal Empresahttps://canalempresa.gencat.cat/ca/03_sectors_d_activitat/05_construccio_i_instal_lacions/03_instal_lacions/aigua_gas_i_electricitat/electricitat/baixa_tensio/preguntes-frequeents-sobre-baixa-tensio/Consultado: 12 de octubre de 2026
Servicios y zonas relacionados
¿Tienes un centro de electricistas en Barcelona? Así funciona aparecer aquí
Cada zona tiene un espacio de centro colaborador, siempre identificado con la etiqueta Patrocinado, donde aparece un único centro con sus datos y recibe las solicitudes de esa zona.